Serrudo jubilado y sin tutela sindical: rechazo de la medida cautelar

Es necesario mencionar, antes de hablar del rechazo de la medida cautelar, que mediante decreto la Municipalidad jubiló a los 77 años a Pedro Serrudo. El 8 de julio de 2025 se excluyó la tutela sindical mediante el fallo que determina que “el empleo público no es absoluto ni vitalicio”.

En cuanto a la medida cautelar, el juez determinó que no se daban los requisitos de urgencia extrema o daño irreparable para suspender provisionalmente el Decreto N.º 577/25 mientras se tramita el proceso.

Pedro Serrudo no puede volver a trabajar

La extinción del vínculo laboral sigue vigente durante todo el tiempo que dure el proceso judicial. Legalmente, al estar extinguida la relación de empleo municipal, la administración no lo reconoce actualmente como agente municipal activo.

¿Se restablecerá el diálogo gremial?

El restablecimiento del diálogo dependerá del canal por el cual se encauce la relación institucional. La Municipalidad puede continuar el diálogo institucional con los demás miembros de la comisión directiva del gremio cuya relación laboral o personería siga plenamente reconocida.

En resumen, Pedro Serrudo dice representar a los municipales, pero ¿en la misma cautelar solicita el pago de diferencias salariales en expedientes individuales? ¿Y cómo defenderá a los municipales si no pudo ni siquiera cobrar sus diferencias salariales?

En esta situación, Pedro Serrudo está en el limbo y tampoco puede aducir que seguirá trabajando. Un fallo establece que “el empleo público no es vitalicio”; ¿cómo representará a los municipales?

¿Los familiares —entre 4 y 10 aproximadamente— de Serrudo, mediante la comisión directiva, seguirán las indicaciones del eterno gremialista? ¿Se jubilará Serrudo? La historia continúa.

Por: S. Cane.